
Un miércoles por la mañana, en el móvil del responsable de sala: "mi hermana entra mañana al hospital, ¿cuántos días me dan?". El lunes siguiente, el mismo responsable recibe un correo: "me caso en junio, ¿cuento con los quince días?". Y un tercero, días después, pide salir dos horas para acompañar a su hija al pediatra.
Tres solicitudes. Tres respuestas distintas. Y una certeza: casi nadie en la empresa tiene la tabla completa en la cabeza.
Los permisos retribuidos son uno de los puntos donde más se mezclan la ley, el convenio, el sentido común y las costumbres de la casa. Esta guía pone orden. Con la normativa actualizada a 2026, la tabla que puedes pegar al lado del planning, y lo que nosotros, en Shyfter, vemos fallar cada semana.
Un permiso retribuido es una ausencia del trabajo autorizada por ley o por convenio, durante la cual el trabajador cobra su salario como si estuviera trabajando. No se descuentan de vacaciones. No se descuentan de nómina. Se disfrutan cuando ocurre el hecho que los justifica, no cuando al trabajador le apetece.
Ahí está la primera confusión que encontramos. Las vacaciones son un derecho anual, planificable, negociado con la empresa. El permiso retribuido es un derecho puntual, vinculado a un hecho concreto: una boda, un fallecimiento, un traslado, una visita médica. No hay calendario previo. Hay un hecho, un justificante, y una ausencia.
La base legal está en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores. A partir de ahí, los convenios colectivos pueden mejorar los mínimos, nunca recortarlos. Y los convenios son generosos, sobre todo en banca, administración pública, y algunas ramas de la sanidad privada.
Hay otro término que se cuela a menudo: "permisos no retribuidos". Son ausencias sin sueldo que la empresa puede conceder por acuerdo, sin obligación legal. No los mezcles. Son figuras distintas.
Esta es la foto completa del Estatuto, tal y como queda tras la reforma del RD-ley 5/2023 y las aclaraciones posteriores. Los días se cuentan como días naturales salvo que el convenio diga otra cosa.
| Motivo | Duración | Base legal |
| Matrimonio o registro como pareja de hecho | 15 días naturales | Art. 37.3.a ET |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2º grado | 2 días (4 si hay desplazamiento) | Art. 37.3.b ET |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo de parientes hasta 2º grado o convivientes | 5 días | Art. 37.3.b ET (tras RD-ley 5/2023) |
| Traslado de domicilio habitual | 1 día | Art. 37.3.c ET |
| Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal | El tiempo indispensable | Art. 37.3.d ET |
| Funciones sindicales o de representación del personal | Según convenio / norma aplicable | Art. 37.3.e ET |
| Exámenes prenatales, técnicas de preparación al parto, adopción o acogimiento | El tiempo indispensable | Art. 37.3.f ET |
| Lactancia del menor de 9 meses | 1 hora diaria (fraccionable en dos) o reducción de jornada | Art. 37.4 ET |
| Fuerza mayor familiar por motivos urgentes | Hasta 4 días al año | Art. 37.9 ET (tras RD-ley 5/2023) |
| Ejercicio del derecho al voto | El tiempo indispensable según instrucción electoral | Normativa electoral |
Tres apuntes importantes sobre esta tabla. La duración por fallecimiento se ha mantenido, pero lo de "5 días por hospitalización" cambió: antes eran 2, desde 2023 son 5, y amplía el círculo familiar a convivientes. El permiso de lactancia puede acumularse en jornadas completas si el convenio o un pacto individual lo permite. Y el permiso de fuerza mayor familiar, el más nuevo, va contado en horas en varios convenios, lo que da bastante más margen que pensar en días.
El Real Decreto-ley 5/2023, que transpuso la directiva europea de conciliación, movió bastantes fichas. Y la mayoría de empresas todavía no han actualizado sus protocolos.
Resumimos lo que nos llega más a menudo. El permiso por hospitalización pasó de 2 a 5 días y se extendió a "convivientes", figura nueva que incluye a la persona con quien se comparte domicilio habitual aunque no haya vínculo familiar. Se creó el permiso parental de ocho semanas hasta que el menor cumpla 8 años, aunque este no es retribuido por el empresario salvo mejora convencional. Y apareció el permiso por fuerza mayor familiar: hasta 4 días al año por razones urgentes e imprevisibles que requieren presencia inmediata del trabajador.
Este último permiso, el de fuerza mayor, es el más malentendido. No es para "cualquier urgencia". Exige que la situación sea urgente, imprevisible, y que requiera presencia inmediata. Una cita médica programada con dos semanas de antelación no entra. Un ingreso hospitalario de última hora, sí.
En Shyfter vemos que este es el permiso que más conflictos genera. Lo llaman "el comodín". No lo es. Conviene dejar por escrito en el manual interno qué casos lo activan y cuál es el procedimiento de aviso.
La ley no fija un procedimiento único. El convenio suele hacerlo. Y cuando el convenio tampoco lo hace, manda el sentido común y la costumbre de la empresa.
Lo habitual y razonable. Para los permisos previsibles, como una boda o un traslado, la solicitud debe hacerse con antelación suficiente, idealmente quince días antes. Para los imprevisibles, como un ingreso o un fallecimiento, el aviso debe ser tan inmediato como sea posible. Un WhatsApp al responsable a las cuatro de la mañana vale, siempre que se formalice por escrito después.
¿Qué justificante pedir? Depende del motivo. Una boda requiere el certificado del registro civil o de la parroquia. Una hospitalización, el informe de ingreso. Un fallecimiento, el certificado de defunción o la esquela con la fecha. Una visita médica, el justificante del centro con hora de entrada y salida.
Cuidado con la costumbre. En algunas empresas se pide justificante solo "si la cosa pinta mal". Ese filtrado informal acaba generando agravios comparativos. Mejor fijar una regla clara: en toda ausencia superior a cuatro horas se pide justificante, punto.
Un matiz que casi nadie aplica: los permisos no se "conceden", se comunican. El trabajador tiene derecho a ellos por ley. La empresa verifica el cumplimiento de los requisitos, pero no puede negar un permiso retribuido legítimo. Puede, eso sí, exigir el justificante y reorganizar el cuadrante, que es donde empieza la mayoría de los dolores de cabeza.
Aquí está la trampa en la que muchos responsables caen. Aplican el Estatuto y se olvidan del convenio. Error caro.
El convenio colectivo de grandes almacenes, por ejemplo, reconoce hasta 3 días de permiso por traslado de domicilio, frente al día único del Estatuto. El convenio estatal de hostelería regula de forma específica las licencias retribuidas por deberes públicos, incluidos los cursos de reciclaje profesional obligatorio. El convenio de comercio en Cataluña añade permisos de hasta 16 horas anuales para acompañar a hijos al médico.
La regla es sencilla: si el convenio dice más, manda el convenio. Si el convenio no dice nada, manda la ley. Si el convenio dice menos, manda la ley porque es el mínimo indisponible.
Un caso que atendimos el año pasado: una cadena de cafeterías con 52 empleados en Málaga aplicaba el mínimo legal en todos sus centros. Cuando revisamos el convenio de hostelería provincial, descubrimos que debía reconocer 2 días adicionales por matrimonio de hijos, permiso que no estaba en el Estatuto. Habían negado, en tres años, diecinueve solicitudes. Coste estimado de la regularización tras inspección: 6.800 euros, más las sanciones. Un ejemplo de por qué conviene imprimir el convenio aplicable y leerlo, aunque duela.
El primero, y el más frecuente: contar en días laborables lo que el Estatuto cuenta en días naturales. Si el fallecimiento es en sábado, el empleado tiene derecho a 2 días que empiezan el sábado, no el lunes. Cambia cuando el convenio lo dice expresamente. En defecto, naturales.
El segundo: confundir los 15 días de matrimonio con días laborales. Son quince días naturales. Si alguien se casa un viernes, vuelve el sábado de la semana siguiente. No el lunes de dentro de tres.
El tercero, muy español: "los días se cogen cuando quiera". No. El permiso se disfruta en torno al hecho que lo justifica. Una boda celebrada en mayo no da derecho a 15 días libres en octubre. El disfrute debe ser inmediato o contiguo al hecho, salvo pacto expreso.
El cuarto: no registrar el permiso en el sistema de fichaje. Según la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en 2023 se abrieron 5.268 expedientes por infracciones en jornada laboral, y una parte significativa venía de permisos no documentados. El registro horario, obligatorio desde el RD-ley 8/2019, debe reflejar las ausencias por permiso retribuido, no dejarlas en blanco. Nuestro artículo sobre el cuadrante de turnos profundiza en cómo encajar las ausencias sin romper el planning.
El quinto, que sufrimos todos: aprobar "de palabra" y no dejar rastro. Cuando hay discrepancia, la carga de la prueba es del empleador. Si no hay documento, la empresa pierde. Siempre.
Aquí es donde la buena voluntad se estrella contra la realidad del día a día. Una plantilla de 40 personas puede generar entre 80 y 120 solicitudes de permiso retribuido al año. Hazle sitio en tu calendario, porque van a venir.
Lo que funciona sobre el terreno. Primero, un manual interno breve que recoja la tabla legal, las mejoras del convenio aplicable, el procedimiento de aviso y los justificantes exigidos. Dos páginas, no más. Segundo, un canal único de solicitud: correo, herramienta de RRHH, app del empleado. No WhatsApp al móvil personal del encargado, porque se pierde. Tercero, un responsable claro que valide en menos de 48 horas. El silencio administrativo genera ansiedad y, a veces, bajas.
Y cuarto, el punto que más ahorra: integrar los permisos en el cuadrante en tiempo real. Si el encargado aprueba una ausencia el lunes por la mañana y el miércoles nadie ha reajustado la planilla, el viernes hay alguien cubriendo dos puestos a la vez. Un software de gestión de vacaciones y ausencias que lo refleje al instante evita el 90% de estos problemas.
Otro ejemplo concreto. Una franquicia de Burger King en Valencia, con 45 empleados repartidos en tres turnos, pasó de gestionar permisos por correo a hacerlo por aplicación. Las solicitudes cayeron de media semana de espera a 24 horas. El responsable recuperó, según su propia contabilidad, unas seis horas de oficina a la semana. Ese tiempo se convirtió en formación de equipo.
Y una clínica dental de Zaragoza con 18 personas. Tenían un Excel compartido que se pisaba cada tres por cuatro. Migraron a un sistema con flujo de aprobación y trazabilidad. Cero solicitudes perdidas en los seis meses siguientes. La gerente lo resume así: "ahora sé quién falta, cuándo vuelve y por qué. Antes lo descubríamos el día".
La planificación de equipos se vuelve manejable cuando los permisos dejan de ser información fragmentada. Y el control horario y fichaje deja de ser un rompecabezas cuando las ausencias se registran en el mismo sistema.
No, si el trabajador cumple los requisitos y aporta justificante. La empresa puede pedir documentación, verificar el hecho y organizar la sustitución. No puede negar un derecho reconocido por ley o convenio. Una denegación infundada puede acabar en procedimiento ante la Inspección de Trabajo.
Por defecto, sí, cuando se cuentan en días naturales. El sábado, el domingo y el festivo local entran en el cómputo. Si el convenio habla de días laborables, se excluyen los no laborables. Importante revisar el convenio antes de aplicar una regla mecánica.
Si el hecho justificante se produce durante las vacaciones, el Estatuto permite interrumpir las vacaciones para disfrutar el permiso retribuido, y reanudar las vacaciones después. Ojo: la empresa debe ser informada y el empleado debe aportar el justificante.
Desde 2023, la ley aclara que los cinco días se disfrutan mientras dure la hospitalización o el reposo domiciliario posterior. Pueden ser continuos o discontinuos, siempre dentro del hecho causante. No se acumulan para usarlos meses más tarde.
No. Los permisos retribuidos son una figura del régimen general de trabajadores por cuenta ajena. Un autónomo no tiene empresario que le pague el día, aunque sí puede solicitar prestaciones específicas en caso de maternidad, paternidad o cese de actividad.
Se pagan como si se estuviera trabajando. Incluye salario base y complementos fijos asociados al puesto. Los complementos variables vinculados a rendimiento, como comisiones sobre ventas efectivamente realizadas, pueden quedar fuera salvo pacto en contrario.
No. El permiso se disfruta en torno al hecho que lo justifica. Forzar que los 2 días por fallecimiento caigan en sábado y domingo es una práctica ilegal, y la hemos visto en inspecciones de 2024 que acabaron con sanción grave.
Los permisos retribuidos son un derecho claro. Gestionarlos bien es otra historia. Shyfter centraliza las solicitudes, los justificantes, la aprobación del responsable y el impacto en el cuadrante en una sola plataforma, con las reglas de tu convenio cargadas de fábrica.
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