626 y 6.250 euros de sanción. Y sin embargo, sigue siendo una de las obligaciones más desatendidas en el sector de la hostelería. Si gestionas un restaurante, un hotel o un bar, conocer exactamente cuánto tiempo antes debes comunicar los turnos no es opcional: es una obligación legal que protege tanto a tus empleados como a tu negocio.
La regulación de los plazos para comunicar horarios en hostelería en España viene determinada por una combinación del En líneas generales, la mayoría de los convenios colectivos del sector hostelero en España exigen que el horario semanal se comunique al trabajador con un mínimo de Cuando se trata de empleados con jornada variable, muy habitual en hostelería, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores refuerza esta obligación, exigiendo que el trabajador conozca su distribución horaria con suficiente antelación para organizar su vida personal y familiar.
Los hoteles, por la naturaleza de su actividad con demanda variable según temporada y ocupación, tienen cierta flexibilidad. Algunos convenios permiten reducir el plazo de comunicación a Obligaciones legales del empleador en la comunicación de horarios
por escrito y con fecha, ya sea en papel o por medios digitales
El trabajador debe poder expuestos en el centro de trabajo en lugar visible, según el artículo 64 del ET sobre derechos de informaciónEn establecimientos con representación sindical, los delegados deben tener acceso a los cuadrantes de turnos
La ley no exige un método concreto, pero sí que la comunicación sea verificable. Esto significa que si surge una disputa, la empresa debe poder demostrar que el trabajador recibió el horario en tiempo y forma. Los métodos más comunes y legalmente seguros son:
Tablón de anuncios físico: el método tradicional, válido pero con limitaciones ya que no queda registro de quién lo vio- Aplicaciones de gestión de turnos como Shyfter: el método más recomendable, genera un registro automático de cuándo se publicó el turno y si el empleado lo ha visto
- La ventaja de la digitalización en el cumplimiento normativo
Sanciones por incumplir los plazos de comunicación
Infracción leve: entre 60 y 625 euros (primera vez, sin reincidencia)
Infracción muy grave: entre 6.251 y 187.515 euros (vulneración de derechos fundamentales)
Consejos prácticos para cumplir con los plazos en hostelería