Orden de las vacaciones: lo que necesita saber

En España, el Estatuto de los Trabajadores no fija un orden legal de prioridad para elegir las vacaciones: las fechas se acuerdan entre la empresa y cada persona, según lo que establezca el convenio colectivo sobre la planificación anual (artículo 38.2). Por eso conviene fijar criterios claros, conocidos por todos, antes de que lleguen las solicitudes de verano o de Navidad.
Respetar el derecho a vacaciones
Calendario de vacaciones
El calendario de vacaciones se fija en cada empresa, y cada persona debe conocer sus fechas al menos dos meses antes del comienzo del disfrute (artículo 38.3). Según el convenio, el calendario puede:
- pactarse individualmente con cada persona,
- seguir las reglas de planificación del convenio colectivo,
- acordarse con los representantes de los trabajadores, si los hay.
Si el convenio lo permite, la empresa también puede fijar un periodo de cierre en el que se disfruta una parte de las vacaciones.
Cambio o negativa de fechas
La empresa puede no aceptar unas fechas por:
- necesidades excepcionales,
- la continuidad de servicios esenciales,
- un pico temporal de actividad.
La negativa debe estar justificada y comunicarse cuanto antes. Los permisos retribuidos del artículo 37.3 (matrimonio, fallecimiento o enfermedad grave de un familiar, entre otros) no son vacaciones y no dependen de este orden.
¿Quién fija el orden de las vacaciones?
El orden suele decidirse al elaborar el calendario anual. Puede venir:
- del convenio colectivo,
- de un acuerdo con los representantes de los trabajadores,
- de una política interna de la empresa, siempre respetando el convenio.
Definir reglas claras y transparentes de antemano evita conflictos y asegura un reparto justo dentro del equipo.
Criterios habituales para priorizar
Ningún criterio es obligatorio por ley, pero estos son frecuentes en convenios y políticas internas:
Situación familiar
- personas con hijos en edad escolar, durante las vacaciones escolares,
- personas con familiares a cargo,
- parejas que trabajan en la misma empresa y quieren coincidir.
Antigüedad
Las personas con más antigüedad pueden tener preferencia cuando varias solicitudes coinciden.
Rotación
Quien no pudo elegir sus fechas el año anterior pasa por delante este año. Es uno de los criterios más justos y fáciles de aplicar.
Pluriempleo
Si una persona trabaja para varias empresas, conviene coordinar sus fechas para que pueda disfrutar realmente de su descanso.
Otros criterios posibles
- custodia compartida de los hijos,
- vacaciones impuestas por la empresa del cónyuge o pareja,
- equilibrio entre turnos o secciones.
Informar a la plantilla
Una vez fijado el orden y el calendario, comuníquelo para que cada persona conozca sus fechas al menos dos meses antes. Puede usar:
- el tablón de anuncios,
- una comunicación interna,
- el correo electrónico,
- la app de empleados.
Qué ocurre si no hay acuerdo
Si no hay acuerdo sobre las fechas, la persona puede acudir al juzgado de lo social, que fija la fecha de disfrute mediante un procedimiento sumario y preferente, sin recurso posible. No respetar las normas sobre vacaciones es además una infracción grave según el artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Por eso conviene guardar constancia de las solicitudes, de las respuestas y del calendario comunicado.
Gestionar los conflictos en la práctica
Aun con reglas claras, varias personas pueden pedir el mismo periodo.
Aplicar las reglas de prioridad
Si dos personas cumplen los mismos criterios, use un criterio de desempate conocido de antemano, por ejemplo la rotación respecto al año anterior.
Un software de gestión de vacaciones
Una herramienta de gestión de vacaciones como Shyfter da más autonomía al equipo para planificar sus vacaciones, ofrece una visión clara a los responsables y aplica las mismas reglas a todos.